NUMERO DOS
Invierno 2000-2001


SINTESIS DE CONTENIDO




CONSULTE LOS TEMAS DE ESTE NÚMERO
EN LA PARTE SUPERIOR DE LA COLUMNA IZQUIERDA DE LA PAGINA



 PRESENTACION


No podemos comenzar la presentación de nuestro segundo número si no es con un extenso y muy sentido agradecimiento.

Gracias a todos los colegas juristas y científicos sociales, profesores, investigadores y alumnos, así como directores de escuelas y facultades de Derecho.

Gracias a los señores ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; consejeros de la Judicatura Federal; magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación y de algunos Estados de la República; consejeros del Instituto Federal Electoral; servidores públicos; diputados y senadores, diplomáticos y público en general.

Gracias por la generosa bienvenida que se han servido brindar a la Academia Mexicana para el Derecho, la Educación y la Cultura, así como a su órgano de divulgación, la revista Derecho y Cultura.

Sus cartas, comentarios y observaciones representan un importante estímulo para continuar con el esfuerzo civil y científico que hemos emprendido.

En particular, queremos agradecer a la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México, a través de su director, licenciado Fernando Serrano Migallón, y su División de Estudios de Posgrado, encabezada por el doctor Ruperto Patiño Manffer,  así como al Instituto de Investigaciones Jurídicas, en la persona de su director, doctor Diego Valadés, la gentil recepción de la revista y su expreso reconocimiento.

Gracias también al doctor José Ramón Cossío Díaz, director del Departamento de Derecho del Instituto Tecnológico Autónomo de México, por su amable y puntual respuesta. A las escuelas de derecho de la Universidad Panamericana y de la Universidad Intercontinental por sus comunicaciones escritas.

Agradecemos, en forma especial, a otras instituciones de educación superior, especialmente a la Universidad Autónoma Metropolitana, en la persona del licenciado Braulio Ramírez, Abogado General. A la Universidad Autónoma de Tlaxcala, a través de su Departamento de Derecho y Ciencias Políticas, y su Centro de Investigaciones Jurídico Políticas, al igual que la Universidad Iberoamericana, campus Puebla, que abrieron un espacio para la presentación del citado órgano de divulgación.

Deseamos dejar testimonio de nuestra gratitud al señor ministro Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, don Genaro David Góngora Pimentel (reconocemos su fineza al tomarse la molestia de enviarnos una misiva); a los distinguidos ministros Olga Sánchez Cordero y José de Jesús Gudiño Pelayo, quienes además nos honraron al hacernos llegar sendos textos para su publicación en estas páginas; y, desde luego, al señor ministro Mariano Azuela Guitrón por su atenta respuesta.

A los señores consejeros de la judicatura federal, Enrique Sánchez Bringas, Sergio Valls y Adolfo Aragón, de quienes también esperamos sus próximas colaboraciones.

A la magistrada de la Sala Superior del tribunal electoral federal, Alfonsina Berta Navarro Hidalgo, cuyas líneas nos alientan aún más. Al señor doctor Francisco Martínez Sánchez, Magistrado Presidente del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca, por su atenta respuesta, lo mismo que al doctor Evencio Martínez, Presidente de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Oaxaca, por su manifiesto interés en la publicación.

A los servidores públicos del Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, sobre todo al licenciado Luis Vázquez Cano, Secretario Técnico “A” de dicha institución, por su bienvenido mensaje escrito, así como al área jurídica del Consejo por su interés en la revista.

A los senadores de la República Marco Adame Castillo, Guillermo Herbert Pérez y Felipe Vicencio Alvarez, lo mismo que a señora diputada, Concepción González Molina y a los señores diputados Juan Alcocer Flores, Jorge Alberto Lara Rivera y Eduardo Rivera Pérez por sus interesantes respuestas y disposición para colaborar.

Gracias, igualmente, al Presidente de la Sociedad General de Escritores de México, Víctor Hugo Rascón Banda, por su amable respuesta.

Esperamos mantener y desarrollar con todos un vínculo activo de cooperación académica en temas que nos resultan de interés común.


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 R E S U M E N E S

A partir de una aplaudida ponencia presentada en el Congreso Nacional de Juristas, en la Ciudad de Querétaro, México, en julio de 2000, el doctor Raymundo Gil ofrece en breves líneas, considerando la experiencia mexicana, datos legislativos y jurisdiccionales pertinentes, así como la doctrina internacional, una inteligente propuesta de reformas al artículo 49 de la Constitución que permitiría cimentar una sólida base para diversos órganos constitucionales autónomos que han venido tomando carta de naturalización en el sistema jurídico mexicano

El doctor Jaime Cárdenas Gracia, al comentar el texto del doctor Raymundo Gil,  justifica la figura jurídica de los órganos constitucionales autónomos en el marco de la división de poderes, la democracia y el contexto sociológico político contemporáneo, a la vez que agrega algunos criterios relevantes para identificarlos o construirlos.

El texto del doctor Raúl Avila enfatiza la importancia contemporánea de la vinculación científica entre Derecho, Políticas y Administración Pública de la cultura en México; ejemplifica algunas de las debilidades e inconsistencias de la legislación vigente en la materia y examina tres opciones para reorganizar y consolidar la función de gobierno y administración cultural del país.

En particular, el autor apunta a la construcción de un órgano constitucional autónomo que garantice, a través de la normatividad pertinente e incluso medios de impugnación administrativos y jurisdiccionales, la democratización de la política cultural que actualice una formulación constitucional consagratoria de valores y principios culturales producto del avance del pensamiento jurídico y del consenso social.

El Ministro José de Jesús Gudiño Pelayo sostiene que en el México del siglo XXI, cuyas circunstancias político sociales difieren sustancialmente de aquéllas que justificaban el centralismo judicial (es decir, que todas las resoluciones judiciales de los tribunales de los estados puedan ser revisadas por el Poder Judicial de la Federación) debe revertirse y devolverse a la jurisdicción local la función de órgano límite de control de la legalidad en ese ámbito, salvo la preservación de la facultad de atracción por parte de la máxima instancia jurisdiccional federal cuando se trate de casos relevantes.

Del texto se desprende la proposición de que si en los estados la inamovilidad y la independencia de los magistrados está garantizada por la Constitución y las leyes locales, a la vez que declarada en la Constitución del país y custodiada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación mediante diversos precedentes y criterios, entonces ha llegado el tiempo del federalismo judicial.

El ensayo de la Ministra Olga Sánchez Cordero enfatiza que el imperio de la ley y su obediencia es una función de la cultura de la legalidad, a la vez que ésta depende de la participación ciudadana y el consenso entre actores de la sociedad y el Estado en torno a normas e instituciones. Para promover la cultura de la legalidad se requiere la difusión pertinente del conocimiento jurídico, que incida en el cambio de paradigmas de pensamiento a todos los niveles, pero sobre la base de que “una verdadera cultura de la legalidad conlleva, particularmente, un cambio en la concepción de los principales operadores y difusores de la cultura jurídica: los abogados”.

A partir de textos de Jurgen Habermas, el doctor Eduardo Ramírez García apunta las condiciones éticas que deben presidir el discurso y la comunicación en nuestro tiempo, si es que se estima que una democracia incluyente y participativa representa el dispositivo indispensable para resolver los graves problemas que enfrentamos.

El texto del doctor Héctor Rivera ofrece una aproximación a la vida y la obra del distinguido intelectual francés, Michel Foucault, haciendo énfasis en ideas y proposiciones vinculados al concepto de estado de derecho. Para quienes conocen las obras y propuestas de Foucault, les será sin duda grato revisitar expresiones y sentidos reveladores de dimensiones poco tratadas pero crecientemente importantes sobre historia, derecho y poder.

Para quienes se inician en esta literatura, seguramente comenzarán por advertir la riqueza de la crítica y la multidisciplinariedad que entraña. Todos podremos continuar develando ante nuestros ojos al menos una parte de las estrategias del (micro) poder, la dominación y el control, a la vez que, hermenéutica y dialécticamente, los mecanismos para contrarrestarlos.

Los doctores Raúl Avila, Antonio Díaz Piña y Raymundo Gil Rendón presentan un cuadro en el que esquematizan las principales razones jurídicas, politológicas y sociológicas, económicas y culturalistas vertidas en el espacio público en torno al recientemente reanimado debate sobre la pertinencia de una nueva Constitución a través de un congreso constituyente, o bien, de una renovación constitucional a través de la reforma del texto en vigor desde 1917. De su lectura se desprende que no sólo está en juego una definición de método o procedimiento para la posible reforma, sino la naturaleza misma del régimen constitucional y político previo y posterior a la alternancia producida el dos de julio en México.

El texto, y los gráficos correspondientes, corresponden a la introducción y anexos de la tesis que Azol Rossainzz presentara para obtener el grado de doctor en Derecho, en noviembre de 2000, en la Universidad Autónoma de Tlaxcala. El autor  plantea y comprueba la hipótesis de que, ante la falta de competencia de la Suprema Corte de la Nación en la materia, el control a violaciones a las constituciones locales corresponde (ría) al poder judicial de los propios Estados de la República, como ya lo hacen incipientemente algunos textos constitucionales estatales a través de las figuras de la controversia constitucional y la acción de inconstitucionalidad de carácter propiamente local.

Los siguientes cuadros son una adaptación a la información contenida en la investigación doctoral de Sergio R. Márquez Rábago, quien sustentó su exámen de grado el 12 de julio pasado en la División de Estudios de Posgrado en la UNAM, los que se desarrollaron a efecto de comprobar la hipótesis de la enorme influencia del titular del Ejecutivo en la reforma constitucional; se comprobó que el 76% de las reformas por artículo y el 79% por decreto tuvieron origen en él.

Colateralmente, se propuso eliminar la polémica sobre el número de reformas existentes, por contar diversos doctrinarios con números diferentes; para lo anterior, en cada cuadro se contiene el número de decretos publicados en cada régimen presidencial, el número de reformas por artículo y, a partir de Plutarco Elías Calles, se acumula a fin de concluir con una cifra definitiva: 402 reformas por artículo, al concluir Ernesto Zedillo su mandato, contenidas en 143 decretos.

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 COLABORADORES


RAYMUNDO GIL RENDÓN

Doctor en Derecho por la Universidad Nacional Autónoma de México. Profesor y Tutor Académico de la división de Estudios de Posgrado de la Facultad de Derecho de la U.N.A.M. y profesor del Departamento de Derecho y Ciencias Políticas en la Universidad Autónoma de Tlaxcala, así como en el Departamento de Derecho del Instituto Tecnológico Autónomo de México (ITAM). Autor de la obra “Las Transformaciones del Ombudsman”. (En prensa), es Secretario Ejecutivo de Relaciones Públicas de la Academia Mexicana para el Derecho, la Educación y la Cultura, A. C.


JAIME CÁRDENAS GRACIA

Doctor en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid y por la Universidad Nacional Autónoma de México. Profesor de la División de estudios de Posgrado de la Facultad de Derecho de la U.N.A.M. Autor, entre otras, de las obras “Una Constitución para la Democracia” y “Estudios Jurídicos en torno al IFE”. Actualmente  se desempeña como Consejero Electoral del Instituto Federal Electoral.


RAÚL ÁVILA ORTIZ

Doctor en Derecho por la Universidad Nacional Autónoma de México y Maestro en Estudios Latinoamericanos por la Universidad de Texas en Austin. Es profesor y Tutor Académico de la División de Estudios de Posgrado de la Facultad de Derecho de la U.N.A.M. y del Departamento de Derecho y Ciencias Políticas en la Universidad Autónoma de Tlaxcala. Es Presidente de la Academia Mexicana para el Derecho, la Educación y la Cultura A. C. y autor de la obra “El Derecho Cultural en México: Una propuesta académica para el proyecto político de la modernidad”.


MINISTRO JOSÉ DE JESÚS GUDIÑO PELAYO

Licenciado en Derecho por la Universidad Iberoamericana. Realizó estudios de Administración Pública en España en el Instituto de Cultura Hispana. Sus más recientes obras son “Introducción al Amparo Mexicano”, “El Estado contra sí mismo” y “Controversia”. Actualmente, es Ministro Presidente de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.


MINISTRA OLGA DEL CARMEN SÁNCHEZ CORDERO DE GARCÍA VILLEGAS

Licenciada en Derecho por la Universidad Nacional Autónoma de México. Notaria Pública del Distrito Federal número 182. Es autora de diversas obras tales como “Una Revolución en la Interpretación del Derecho”, “El Principio del Estricto Derecho” Entre sus múltiples conferencias impartidas destaca “Cultura de la Legalidad”. Actualmente, es Ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.


EDUARDO F. RAMÍREZ GARCÍA

Doctor en Derecho por la Universidad Nacional Autónoma de México. Maestro en Administración Pública por la Universidad Internacional de Florida. Investigador del Centro de Investigación sobre América del Norte (CISAN) de la U.N.A.M. Profesor de Teoría Jurídica contemporánea en la maestría en Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México. Miembro del Comité Tutoral de teoría del derecho del Posgrado de la Facultad de Derecho de la U.N.A.M. Sus más recientes publicaciones son “El Conservadurismo en el Pensamiento Jurídico de Posner”. “La Globalización y el Sistema Jurídico Mexicano. Interpretación Pragmática”, en sendos libros editados por CISAN - UNAM.


HÉCTOR RIVERA ESTRADA

Doctor en Derecho por la Universidad Nacional Autónoma de México. Su más reciente publicación es “Aportes para el estudio del Estado de Derecho”, editado por el Instituto de Investigaciones Legislativas de la Legislatura del Estado de México.


ANTONIO DÍAZ PIÑA

Doctor en Derecho por la U.N.A.M. Es autor de la obra, en disco compacto, “La Constitución y las políticas públicas en materia educativa: Selección de normas aplicables a la educación”, y colabora como articulista en el diario “El Sol de México”. Es Secretario Académico de la Academia Mexicana para el Derecho, la Educación y la Cultura, A. C.


SERGIO MÁRQUEZ RÁBAGO

Licenciado y Doctor en Derecho por la U.N.A.M. Profesor de la División de Estudios de Posgrado de la Facultad de Derecho de la U.N.A.M. y Tutor Académico en el Programa de Doctorado en Derecho en la propia U.N.A.M. Es autor de la obra inédita “Atributos y Reformabilidad de la Constitución de 1917”.


AZOL ROSSAINZZ ESTRADA

Licenciado, Maestro y Doctor en Derecho, con especialidad en Derecho Constitucional y Amparo, por la Universidad Autónoma de Tlaxcala. Catedrático del Departamento de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad Autónoma de Tlaxcala. Catedrático de la maestría de la Escuela Libre de Derecho de Puebla y de la maestría en la Universidad Popular Autónoma del Estado de Puebla. Abogado postulante.

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 INDICE

REVISTA DERECHO Y CULTURA
No. 2

Página
PRESENTACION
5
REFLEXIONES
Raymundo Gil Rendón
"¿Qué son los Órganos Constitucionales Autónomos?"
11
Jaime Cárdenas Gracia
"Justificación de los Órganos Constitucionales Autónomos"
17
Raúl Ávila Ortiz
"Derecho y administración Pública de la Cultura: Inquiriendo sobre la pertinencia de un órgano Constitucional autónomo en México"
19
ENSAYOS
Olga Sánchez Cordero de García Villegas
"Cultura de la legalidad: Algunos significados de una frase que debiera ser parte de nuestra vida cotidiana"
31
José de Jesús Gudiño Pelayo
"La jurisdicción de amparo y la independencia del juez local"
45
Eduardo F. Ramírez García
"Lecciones para nuestra actualidad de la ética del discurso de Habermas"
71
Héctor Rivera Estrada
"Foucault: Historia, Ley y Poder"
81
ARGUMENTOS
Raúl Ávila, Antonio Díaz Piña y Raymundo Gil
"México: ¿Nuevo constituyente o reforma Constitucional?"
101
MISCELÁNEA
Azol Rossainzz Estrada
"El Poder Judicial de los Estados: Controlador de las Constituciones Locales"
113
Sergio Márquez Rábago
"En busca de la cifra perdida: Cuadro de Reformas por Regímenes Presidenciales a la Constitución Política"
123
Pensamiento sin autor... y sin destinatario
De los Estados Unidos Mexicanos, 1917-2000
127

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